Salud y Vida 2018-12-06T08:25:43+00:00

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Podrá solventar de forma efectiva sus necesidades de Salud, Ahorro y Protección de su familia en las distintas etapas de su vida. Los productos de Vida desarrollados plantean variadas alternativas de planes pensados tanto para empresas, como los Seguros Colectivos, como para personas físicas, los Seguros de Vida Individuales.

En esta Línea de Seguros de Vida podrá escoger entre diferentes modalidades en función del grado de riesgo que desee adquirir. Podrá escoger también diferentes modalidades de productos de salud o accidentes que satisfarán sus necesidades previsionales.

Usted y su familia disfrutarán de la tranquilidad de saber que están protegidos frente a imprevistos obteniendo una mayor calidad de vida.

Las garantías que cubre son las siguientes:

Los Seguros de Accidentes tienen por objeto la cobertura de las consecuencias económicas derivadas del fallecimiento o invalidez del Asegurado producido por un accidente. También puede contratarse el doble capital para caso de fallecimiento y/o para caso de Invalidez, cuando se trate de accidente de circulación.

Puede asegurarse cualquier persona durante el desarrollo de su trabajo o fuera del mismo, todas las profesiones excepto las de riesgo y las amas de casa. Se garantiza a la persona interesada una indemnización, en caso de accidente, que suponga la pérdida de la vida o una invalidez parcial o total, así como los gastos de asistencia sanitaria o una baja diaria.

Por muy tranquila y normal que sea su existencia, la vida está llena de imprevistos. Por ello, disponemos de Seguros de accidentes excepcionales en sus coberturas, forma de pago e incluso en su precio.

Posibles Garantías y sumas aseguradas

  • Muerte por accidente
    Si se produce de forma inmediata o en el plazo de un año, la Compañía satisfará al beneficiario el capital fijado para esta cobertura en las Condiciones Particulares.Hasta 1.202 € cuando el asegurado sea menor de 14 años en concepto de gastos de sepelio.Si fallecen el asegurado y su cónyuge, independientemente del capital destinado a los beneficiarios, se repartirá por partes iguales entre los hijos del asegurado menores de 18 años, un capital igual al garantizado para el caso de muerte por accidente, con un límite máximo de indemnización total por siniestro de 300.506 €.
  • Invalidez permanente básica
    Si el accidente ocasiona la invalidez permanente total del asegurado, comprobada y fijada en el término de un año desde su ocurrencia, la Compañía pagará al propio asegurado el capital estipulado para esta cobertura en las condiciones particulares.En caso de invalidez permanente parcial se indemnizará según baremo.
  • Gran invalidez
    Cuando a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza se produzcan al asegurado pérdidas anatómicas o funcionales irreversibles que hagan necesaria su asistencia permanente por otra persona para realizar funciones vitales, como comer, desplazarse, vestirse, etc., En este caso el asegurado percibirá, cuando contrate esta garantía, un capital igual al suscrito para la invalidez permanente contratada.
  • Invalidez temporal
    Si el accidente ocasiona la invalidez temporal del asegurado, para el desarrollo de las ocupaciones inherentes a la profesión habitual que consta en las condiciones particulares de la póliza, obligándole a someterse a tratamiento médico, la Compañía abonará, desde el comienzo de ésta y con el límite de 365 días, la indemnización diaria estipulada en las condiciones particulares.Esta cobertura puede contratarse con una franquicia de: 0, 7, 15 o 30 días.
  • Hospitalización por accidente
    Mientras el asegurado permanezca ingresado en un centro hospitalario, a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza, percibirá la indemnización diaria que se establezca en las condiciones particulares de la póliza, durante el periodo máximo de un año.
  • Asistencia médica
    Se garantiza el pago ilimitado en nuestros centros concertados de los gastos de asistencia médica privada derivados de un accidente cubierto por la póliza.En caso de que el asegurado decida seguir tratamiento con facultativos o centros no vinculados a la entidad mediante concierto, la Compañía abonará por este concepto, como máximo, la cantidad de 1.803 €
  • Capital adicional en caso de muerte por accidente de circulación
    Si el asegurado fallece en accidente de circulación, el beneficiario designado percibirá un capital adicional que podrá ser una o dos veces el capital de muerte por accidente, según se contrate y se haga constar en las Condiciones Particulares de la póliza. Se excluyen de esta cobertura los accidentes de circulación como conductor profesional.
  • Capital adicional en caso de invalidez permanente por accidente de circulación
    Si el asegurado contrae una Invalidez Permanente Total en accidente de circulación, percibirá un capital adicional que podrá ser una o dos veces el capital de Invalidez Permanente Básica, según se haya contratado y se haga constar en las Condiciones Particulares.
    Se excluyen de esta cobertura los accidentes de circulación como conductor profesional.
  • Cobertura 24 horas
    Ampara los accidentes ocurridos tanto en la vida profesional como en la privada.
  • Cobertura exclusivamente profesional
    Ampara los accidentes ocurridos en el ejercicio de la profesión declarada.
  • Cobertura exclusivamente extraprofesional
    Ampara solo los accidentes ocurridos en la vida privada.
  • Cobertura Exclusivamente de Accidente de Circulación
    Ampara únicamente accidentes de circulación como conductor privado o como conductor tanto privado como profesional, entendiendo por accidente de circulación el sufrido por el asegurado como peatón, usuario de transportes públicos, líneas aéreas o charter, conductor de un automóvil o pasajero del mismo, conductor de bicicleta o ciclomotor, circulando por cualquier vía pública o camino particular abierto al público.Con la opción Muerte por Accidente de Tráfico se contrata inseparablemente otro capital en caso de fallecimiento del asegurado y cónyuge en el mismo accidente de circulación para los hijos menores de 18 años.

ACCIDENTES ESPECIAL MUJER

Este seguro garantiza el pago de una indemnización por los accidentes que pueda sufrir la asegurada en base a las garantías que contempla la póliza.
En casos como el del ama de casa, cuyo trabajo no es remunerado, consideramos que este es un seguro único en el mercado, exclusivo para la mujer, con importantes capitales que se garantizan en caso de muerte, gran invalidez y subsidio, derivando en la posibilidad de contratar alguien que le supla en sus tareas domésticas en caso de accidente.

Cobertura en prestigiosas clínicas propias, sin límite y cobertura de hasta 1.800 € en clínicas concertadas ajenas.

Revisión ginecológica sin suplemento alguno, y la innovadora cobertura en cirugía estética en caso de accidente.

Se excluirán del seguro a mujeres cuyas profesiones impliquen trabajo manual, uso de maquinaria, uso de armas, inspectores de obra, mensajería, carnicería, policía, etc.

Se aplicarán sobreprimas a aquellas mujeres que practiquen deportes de alto riesgo, como alpinismo, espeleología, uso de motocicletas, etc.

Autónomos es un sistema integral de protección creado para completar las limitaciones de las prestaciones de la Seguridad Social a los trabajadores autónomos. Anteriormente, para conseguir el mismo nivel de cobertura, usted tenía que contratar muchos tipos de seguros: un plan de jubilación, un seguro de salud, un seguro de vida…

Con Autónomos usted dispone de un multiproducto que los incluye todos, pudiendo escoger entre diferentes modalidades o diseñándose su propio proyecto personal, en el cual usted decide los importes y las coberturas.

Esta pensado para todas aquellas personas incluidas en el Régimen Especial de Autónomos además de personas con obligaciones familiares de dependencia, como hijos o cónyuge.

Si usted es autónomo, 46,70 € es la cantidad que percibiría el primer mes, y 326 € los meses sucesivos descontando la cuota de autónomo que debe pagar (según la base mínima de cotización). Para evitar esta situación, nosotros buscamos para usted la mejor solución.

La Seguridad Social le obliga a presentar el cese temporal o definitivo de la actividad o la contratación de un sustituto para tener derecho al cobro de la prestación. Le pagaremos la indemnización pactada con solo presentar la baja certificada por cualquier médico. Además está indemnización es compatible y complementaria a la que ofrece la Seguridad Social, para que su economía no se vea afectada en ningún caso.

Con el Seguro de Autónomos ya puede trabajar tranquilo, porque complementa las prestaciones de la Seguridad Social.

Posibles Garantías y sumas aseguradas

  • Seguro de Vida
    Asegurando para su familia el capital de fallecimiento que usted decida.
  • Seguro de Salud
    Posibilidad de escoger libremente el médico o acudir a los mejores especialistas incluidos en el cuadro médico. Usted puede además ampliar la cobertura de este seguro al resto de su familia.
  • Sistema de ahorro
    Pudiendo incluir un plan de pensiones o de jubilación, usted asegurará su futuro al tiempo que obtiene las mejores rentabilidades de sus ahorros y las mayores ventajas fiscales.
  • Seguro de hospitalización
    Si tiene que ser ingresado en un centro médico, a causa de un accidente o enfermedad, percibirá una indemnización con una importante cantidad diaria.
  • Seguro de Incapacidad Profesional
    Le paga una compensación económica sí, por cualquier motivo, no puede seguir desempeñando su actividad profesional.

El momento mas difícil de la vida es cuando perdemos un ser querido. En ese momento solo tenemos dolor y no podemos pensar en los tramites y la burocracia necesaria para el sepelio. Con una llamada estaremos con usted al instante y nos haremos cargo de realizar las gestiones y tramites.

No podemos saber cuando llegará ese momento, y como estaremos económicamente para afrontar los gastos necesarios para el sepelio. Por una pequeña cantidad al día (6 eurocent), puede tener estos gastos cubiertos.

Posibles Garantías y sumas aseguradas

  • Prestación del servicio por empresa funeraria
    Arca tipo redonda, y coche fúnebre.
    Dos taxis de acompañamiento con retorno.
    Túmulo, Capilla y Cristo.
    DOS Coronas de Flores naturales con su cinta dedicada.
    Servicio de Iglesia.
    Derechos de Cementerio.
    Tasas Municipales, Juzgados y Medico forense.
    Certificados y tramitaciones para su inhumación.
    75 unidades de recordatorios.
    Placa Metálica con los datos personales del fallecido.
  • Asistencia mundial familiar
    Evacuación y repatriación del Asegurado en caso de enfermedad o accidente grave que exija hospitalización inmediata.
    Gastos médicos de urgencia en el extranjero.
    Desplazamiento de un familiar junto al titular hospitalizado en caso de que el asegurado viaje solo en el extranjero y este hospitalizado mas de 5 días.
    Acompañamiento familiar en caso de fallecimiento.
    Prolongación de estancia en el hotel.
    Asistencia a menores.
    Regreso Anticipado del Asegurado a España en caso de fallecimiento de un familiar.
    Envío de medicamentos.
    Consulta Médica a distancia.
    Servicio de información.
    Anticipo de fianza judicial en el extranjero.
    Defensa fianza hospitalización.
    Traslado desde el extranjero hasta domicilio habitual para estancias inferiores a 60 días.
  • Traslado nacional peninsular
    Libre elección de cementerio en cualquier lugar del territorio nacional desde cualquier lugar del mundo.
  • Complementarios
    Se podrá elegir libremente en el momento de la contratación del seguro, las siguientes opciones, y una vez contratadas y en el momento del sepelio en el caso de no utilizarlas todas o ninguna se abonará el importe total o restante en efectivo.Nicho, Tanatorio, Lapida, incineración, otros servicios funerarios o su devolución en efectivo. o restante en efectivo.Nicho, Tanatorio, Lapida, incineración, otros servicios funerarios o su devolución en efectivo.

Usted y su familia pueden tener las necesidades sanitarias en caso de enfermedad o accidente cubiertas con la mejor medicina privada, sin ningún tipo de restricción, mediante una póliza de salud.

Cuidar de nuestra salud y la de quienes nos rodean es lo único que nos asegura una mejor calidad de vida.

Es lo que nos permite disfrutar cada momento con la tranquilidad de saber que, ante un imprevisto estamos protegidos.

Usted puede tener cubiertas todas las consultas médicas, hospitalizaciones, intervenciones quirúrgicas y partos, dentro y fuera del Cuadro Médico en España, para que obtenga una rápida solución y diagnóstico a sus problemas de salud, sin colas ni listas de espera con el facultativo que usted elija.

Estos seguros cubren los riesgos de enfermedad y accidente del asegurado, proporcionando los servicios médicos, quirúrgicos o, así como los internamientos en centros y clínicas asistenciales, dentro de las especialidades y límites establecidos en la póliza.

Por este tipo de seguros la entidad aseguradora no abona cantidad alguna al Asegurado, sino que presta los servicios reseñados anteriormente. Es por ello que se dice que el de asistencia sanitaria es un seguro de prestación de servicios.

En el mercado hay dos modalidades de contratación:

  • La de pago capitativo
    El Asegurado tiene a su disposición un cuadro médico al que deberá acudir forzosamente, abonando la entidad aseguradora los honorarios pactados.
  • La de reembolso de gastos
    El Asegurado puede elegir libremente los profesionales, haciéndose cargo de las minutas y facturas correspondientes, que luego trasladará a la entidad aseguradora para que se lo reembolse.

En la actualidad muchas pólizas han establecido un sistema mixto, pues ponen a disposición del asegurado un cuadro médico al que pueden recurrir libremente, pero dejando la puerta abierta a la posibilidad de reembolso de gastos en caso de que el Asegurado fuera asistido en otro centro.

Como complementarios a los de asistencia sanitaria encontramos los Seguros de Enfermedad, por los cuales se prevé el abono de un subsidio diario en caso de enfermedad y/o hospitalización del Asegurado que compense las pérdidas económicas que este hecho pueda ocasionarle. No se trata de los gastos médicos, que quedarían amparados en la modalidad anterior, sino las consecuencias económicas de tales procesos, como puede ser, por ejemplo, las pérdidas de ingresos profesionales – en el caso de los autónomos-, o el incremento en los gastos necesarios para mantener la actividad normal de la familia – amas de casa.

Posibles Garantías y sumas aseguradas

  • Cuadros médicos provinciales de máxima calidad
    Incluido
  • Servicios médicos y centros fuera del Cuadro Médico
    Incluido
  • Atención telefónica personalizada
    Incluido
  • Hospitalización
    Habitación individual sin límite de días con gastos de estancia del acompañante cubiertos en ingresos por intervención quirúrgica o parto (en hospitales dentro de nuestros Cuadros Médicos que dispongan del citado servicio.
  • Servicio 24 horas de Urgencias Médicas a domicilio
    Incluido
  • Visitas u operaciones dentro y fuera del cuadro médico
    Incluido
  • Plan personalizado de medicina preventiva
    Chequeo médico anual, limpieza bucal, revisión ginecológica…
  • Reembolso de gastos
    Hasta el límite fijado para cada acto, devolución del 80% del importe de las consultas, análisis y radiografías efectuadas fuera del cuadro médico y devolución del 90% del importe de las facturas del hospital y del cirujano cuando no estén incluidos en el Cuadro Médico.

El asegurado se dirige al profesional o Centro Médico elegido dentro del Cuadro Facultativo concertado, recibiendo la prestación sin desembolsar ningún dinero. El asegurado puede utilizar los servicios de cualquier profesional sanitario o centro médico, en cualquier lugar del mundo.

Un accidente puede provocar una grave situación económica para usted, su familia o su negocio. Para evitar esto ponemos a su disposición los seguros de indemnización por accidente o enfermedad.

Este producto garantiza unos ingresos mensuales mientras el asegurado esté de baja por Accidente o Enfermedad.

Posibles Garantías aseguradas

  • Indemnización diaria por baja laboral por accidente.
  • Indemnización diaria por baja laboral por enfermedad.
  • ndemnización diaria por estancia hospitalaria.

Posibilidad de contratar con diferentes franquicias rebajando los costes de la póliza.

Pase lo que pase, su familia mantendrá siempre su poder adquisitivo y calidad de vida.

Este seguro de vida ampliado cubre las principales incidencias que pueda sufrir un cabeza de familia: fallecimiento, invalidez, incapacidad profesional, hospitalización…

Los beneficiarios cobran el capital acordado, pudiendo duplicarse o triplicarse según las circunstancias. El coste para usted es realmente bajo comparado con la tranquilidad que le proporciona este producto.

Es un producto interesante para personas con obligaciones familiares de hijos o cónyuges, hipotecas, negocios etc.

Posibles Garantías y sumas aseguradas

  • Accidente de circulación.
    Prestación extraordinaria para menores de edad, totalmente gratuita. Si a consecuencia de un accidente de circulación falleciera el asegurado y su cónyuge, dejando como beneficiarios hijos menores de 18 años, o mayores de edad discapacitados, se les indemnizará con el doble del capital.
  • Cobertura efecto duplo.
    Seguro complementario para su pareja. De esta forma, en caso de fallecimiento, el cónyuge estará asegurado gratuitamente por el mismo capital, hasta que los hijos cumplieran 18 años. Y si, durante este periodo, esta persona falleciera, los hijos recibirían un capital adicional igual al asegurado.
  • Invalidez por cualquier causa.
    Anticipo del capital de fallecimiento y/o pago de una renta.
  • Incapacidad profesional.
    Pago de una renta y/o liberación del pago de primas.
  • Muerte e invalidez por accidente.
    Suma asegurada.
  • Muerte e invalidez por accidente de circulación.
    Suma asegurada.
  • Enfermedad grave.
    Pago de capital por diagnóstico de enfermedad grave (cáncer, infarto, embolia, accidente cerebrovascular, transplante de órganos mayores).
  • Subsidio diario de hospitalización.
    A partir del quinto día y como máximo 90 días.
  • Asistencia Vida 24 horas.
    Asistencia al beneficiario: nos encargamos de obtener los certificados oportunos de los Registros Civiles y les ayudamos a realizar todos los trámites necesarios.
  • Servicio de información jurídica.
    Un equipo de abogados a su disposición que le informará de cualquier aspecto legal: derecho de sucesión, testamento…

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